Aquest dimecres 24 de maig hem debatut en el Ple del Senat aquesta llei del cànon. L'Entesa hi havia presentat 28 esmenes, dues de tot el grup, quatre d'ICV i 22 d'ERC. Aquestes són les notes en què he basat les meves dues intervencions en el Ple:
La propietat intel•lectual d’una obra literària, artística o científica correspon al seu autor pel sol fet de la seva creació.
Els poders públics promouran i tutelaran l’accés a la cultura, a la qual tothom té dret.
Estos son dos de los principios enunciados en la ley de la propiedad intelectual vigente y en la Constitución que enmarcan el conjunto de las enmiendas de la Entesa Catalana de Progrés y de los grupos que la integramos, que tenemos la voluntad de modernizar nuestra legislación sobre propiedad intelectual, dentro del marco europeo, para aprovechar al máximo las posibilidades que las nuevas tecnologías abren a la difusión de la cultura y la ciencia, a la educación y al acceso a la información, fomentando al tiempo la creación cultural y la investigación científica, protegiendo a los autores, a los creadores, a los investigadores, garantizando sus derechos y, también, incitándoles a aprovechar las posibilidades que les ofrecen a ellos también las nuevas tecnologías, tanto para la propia creación, como para la difusión de sus obras e incluso para obtener al final una remuneración más adecuada de su trabajo, de su propiedad intelectual.
No es esta una simple declaración de principios, sino la expresión de una voluntad real de cambio que nos lleva a cogerle la palabra a la ministra para que cumpla su compromiso de plantear en esta legislatura una reforma en profundidad del conjunto de la Ley de la propiedad intelectual, sin la cual estamos solo poniendo parches y resulta muy difícil garantizar en el actual contexto de cambio tecnológico un justo equilibrio entre los derechos económicos de los autores, productores o distribuidores y el interés general del acceso más amplio posible de los ciudadanos a la cultura.
Continuando con los principios queremos afirmar algunos más que inspiran también buena parte de nuestras enmiendas:
La copia privada es legítima, no es piratería.
La copia privada genera el derecho del autor a recibir una compensación por el uso de su obra; siendo también cierto que si no hay copia, no hay derecho de autor y no debería haber un pago por este concepto.
La piratería, la copia ilegal masiva para su distribución masiva, con finalidades lucrativas directas o indirectas, es un delito que se debe castigar y que se debe impedir que se produzca. La compensación económica por las perdidas ocasionadas por estos delitos debe correr a cuenta de los responsables de los delitos.
El canon, que la ley denomina expresamente “compensación equitativa por copia privada”, en la medida de lo posible, debería ser estrictamente eso, y, en la medida de lo posible, no se debería aplicar indiscriminadamente a todos los medios y aparatos de copia o reproducción sin tener en cuenta los usos reales de esos medios y aparatos, ni tampoco debería servir para compensar supuestas o reales perdidas económicas de autores, productores o distribuidores, a causa de delitos relacionados con lo que denominamos piratería.
De las enmiendas que ha presentado Entesa, unas, concretamente la 32, la 34, la 39 y la 58, corresponden a ICV, y las damos por defendidas con la intervención del compañero Jordi Guillot, la 33 y la 56 son asumidas por la Entesa en su conjunto, y las 22 restantes que han quedado vivas para este pleno son de ERC.
La enmienda 33 de Entesa pretende que no se aplique el canon automática e indiscriminadamente a todos los equipos, aparatos y soportes materiales que puedan realizar una reproducción, con lo cual hasta un teléfono móvil con una cámara podría llegar a tener que pagar el canon, sino que las partes a las que la ley reconoce competencia en la materia, y en última instancia los ministerios de Cultura y de Industria, vayan revisando periódicamente cuales se usan preferentemente con esta finalidad de realizar copias de obras que generan el derecho a compensación equitativa y cuales no. Es una enmienda, por otro lado, próxima en su finalidad a la más descafeinada número 28 del PP. También sabemos que en su fuero interno muchos senadores de todos los grupos asumen como propia nuestra enmienda y mantenemos nuestra esperanza de que ejerzan sus dotes de convicción ante los dirigentes de sus grupos y ante los responsables del ministerio de Cultura para que pongan el semáforo en verde y apoyen nuestra enmienda.
Lo mismo decimos de nuestra enmienda 56 a la disposición transitoria que traspone a la ley el acuerdo sobre el canon a que llegaron hace unos meses las entidades de gestión y una parte del sector industrial implicado. Es una enmienda que intenta impedir un redactado que no se corresponde exactamente con el acuerdo de referencia y que podría interpretarse para que las impresoras también paguen el canon, cosa que nos parece excesiva. En realidad ERC e ICV hemos asumido esta enmienda como un mal menor, ya que la enmienda 57, que es de Esquerra, lo que pretende es que se negocie de nuevo y con nuevos criterios fijados en esta ley toda la tarifa del canon, que es lo que intenta hacer por su lado la enmienda 58 que es de Iniciativa. No nos parece ni adecuado ni oportuno que se den por buenas unas tarifas acordadas entre privados, cuando la ley establece que en última instancia serán los ministerios de cultura e industria quienes las fijarán
Defenderé a continuación las enmiendas que son estrictamente de Esquerra Republicana. Esquerra es el partido que más enmiendas ha presentado para mejorar la ley de acuerdo con los criterios apuntados más arriba de una aplicación menos indiscriminada del canon para no gravar usos que no tienen nada que ver con la copia privada, para favorecer usos culturales y educativos sin finalidad de lucro ligados a nuestro progreso cultural y científico y para facilitar el acceso a la cultura, a la información y a la educación a colectivos que tienen mayores dificultades para hacerlo como los discapacitados.
También nuestras enmiendas, particularmente la 35, la 36, la 42 y la 52, se inspiran en el necesario respeto de las competencias autonómicas en la materia y en la necesaria participación de las Comunidades Autónomas y de las asociaciones de consumidores y usuarios en todo lo relacionado con la fijación de las tarifas del canon, y no solo de los industriales y de las sociedades de gestión de los derechos de autor. En relación con las competencias autonómicas se ha desaprovechado una buena ocasión para incorporar las competencias de las comunidades autónomas por lo que se refiere a las entidades de gestión, avaladas por la sentencia 196/1997 del Tribunal Constitucional. Aunque no nos extraña visto como le han pasado el cepillo al Estatuto catalán también en esta materia (y ahí tienen uno más del centenar largo de motivos que nos inducen a votar NO el 18 de junio).
Las enmiendas de Esquerra son claramente progresistas y favorables a la vez a los creadores culturales y a la difusión de la cultura, y nos extraña que desde el partido del gobierno no se haya incorporado al dictamen ninguna de ellas.
Y les voy a citar algunas con la esperanza que les permitan votarlas favorablemente:
La enmienda 37 dice que las partes negociadoras de las tarifas del canon y en todo caso los ministerios de industria y de cultura tengan en cuenta en el momento de fijarlas “la necesidad de fomentar el acceso y difusión de la cultura y la información”. (Aquesta és l'única d'ERC que s'ha aprovat gràcies a un acord amb el portaveu del PP, segons el qual nosaltres els votaríem la seva esmena 28 que limita una mica l'aplicació indiscriminada del canon.) ¿No les parece una cosa razonable y progresista?
Y fíjense también en la misma línea de fomento de la cultura en las enmiendas 46, 47, 48 o 51, que tienen como finalidad
facilitar el uso de obras para la ilustración con fines educativos o de investigación científica,
facilitar las reproducciones que se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos de titularidad pública,
facilitar que en estos centros se puedan comunicar obras a través de terminales a usuarios determinados a efectos de investigación o de actividad educativa
o también eximir del pago de la tarifa en actos benéficos, culturales o de promoción de las propias obras, sin taquilla o con una recaudación inferior a los gastos de organización.
También, para proteger mejor a los autores y favorecer la comunicación científica, la enmienda 50 de Esquerra pretende que el autor de artículos, especialmente científicos y técnicos, reproducidos en publicaciones periódicas conserve sus derechos para difundir-los posteriormente a través de su web personal o el de la institución en que trabaja.
Tampoco se entiende que desde una perspectiva progresista no se acepte nuestra enmienda 41 para que las asociaciones de personas con discapacidad estén exentas del pago del canon cuando adquieran equipos, aparatos o soportes para producir material para sus afiliados discapacitados, con el objeto de facilitarles el acceso a la cultura y a la información.
La enmienda 40 plantea una cuestión central como es eximir del pago del pago del canon a “todos aquellos compradores que acrediten suficientemente que el destino o uso final de los equipos, aparatos o soportes materiales no sea la copia privada en particular, empresas, instituciones, administraciones públicas y trabajadores autónomos la actividad de los cuales requiera la utilización habitual de dichos equipos, aparatos o soportes materiales”.
Resulta incomprensible y es extremadamente injusto, una autentica perversión del objeto de la ley, que se tenga que pagar el canon por copia privada cuando es evidente que esta no existe. Es un auténtico escándalo que va a terminar volviéndose contra el concepto mismo del canon digital. No es de recibo que las administraciones públicas, las empresas, estén financiando a las Sociedades de gestión de derechos de autor, más allá de lo que legítimamente les corresponde, no es de recibo que se pague cuándo manifiestamente no han realizado ninguna copia de película, música… que pueda justificar el pago de derechos. ¿Es que acaso en los ministerios los funcionarios públicos tienen instalado el e-mule u otro programa de este tipo en los ordenadores de los ministerios y se dedican a bajarse películas o música? ¿Deben pagar los ciudadanos con sus impuestos un canon por unas copias que no se han realizado y que si excepcionalmente se han realizado ha sido por un total incumplimiento de las obligaciones de la función pública y una dejación del control que deben ejercer los responsables políticos de las administraciones públicas? ¿Cómo pueden defender un texto que lleva a que escuelas, museos, juzgados, hospitales, empresas… paguen un canon en compensación de una copia privada que por la propia definición de lo que es una copia privada no pueden ejercer?
Y que decir del grupo popular. Después que hace un año se aprobara en esta Cámara con voto del PP una proposición de ley simplemente en contra del canon digital, ¿no van a votar ahora a favor de una enmienda mucho más moderada pero que al menos limitaría su aplicación indiscriminada?
Realmente seria incomprensible que Esquerra Republicana se quedara sola defendiendo una demanda tan justa y tan de sentido común, que además una mayoría de senadores en privado afirman compartir.
La enmienda 43 pretende que consté en las facturas de compra el importe del canon que se incluye en le precio de un producto. Es un derecho mínimo del consumidor y por otro lado puede suponer un freno a un aumento del coste del producto, ya que actualmente la mayoría de intermediarios están cargando sus márgenes comerciales sobre el canon. Este es también el objetivo de la enmienda 59 para evitar que se cargue el IVA sobre el canon. Los usuarios deben saber que pagan y porque pagan.
Nuestra enmienda 42, además de precisar la competencia autonómica, tiene como finalidad dejar claro que los autores que no son socios de una entidad de gestión deben percibir una compensación equitativa por la copia de sus obras y también deben participar en el reparto de las cantidades percibidas en concepto de derechos de autor.
Finalmente, nuestra enmienda 55 propone la supresión del artículo 161 que pone en peligro la copia privada y puede ser extremadamente lesivo para los usuarios, que después de haber pagado un canon muy indiscriminado se encontrarán con que los titulares de los derechos podrán adoptar medidas tecnológicas que limiten el número de reproducciones por copia privada.
No me alargo más en el detalle de enmiendas que conocen.
Simplemente insistirles en el hecho que nuestras enmiendas tienen un objetivo fundamental:
garantizar el acceso de los ciudadanos a la cultura, la información y la educación, y a los autores la justa remuneración de sus derechos, sin poner puertas al campo del progreso.
Moltes gràcies, senyor president.
---------------------------------------------------
Torn de portaveus
Gracies senyor president,
Aunque ya hemos fijado nuestras posiciones en el turno de enmiendas, quisiera aprovechar este turno de portavoces para hacer una reflexión sobre el conjunto del proceso de elaboración de esta ley.
Creo, sinceramente, que nos estamos equivocando en una cuestión fundamental. Se esta intentando establecer unas reglas del juego para garantizar los derechos de autor en la era digital, y me parece necesario y conveniente que se haga, pero no solo tocando una parte de la Ley de la propiedad intelectual y sin hacer un análisis de conjunto de las múltiples implicaciones que los cambios tecnológicos tienen en la sociedad, en las formas de creación, de producción, de distribución, de difusión y de consumo, en todos los ámbitos y particularmente en el de la cultura.
Es cierto que era urgente adaptar nuestra legislación a la directiva europea sobre la materia, pero no es menos cierto que hacerlo sin abordar otros aspectos de la Ley es arriesgado si se quieren soluciones equilibradas y meditadas.
Nos parece que el gobierno ha querido quedar bien con todo el mundo, pero no lo ha conseguido ni en su seno, y más bien lo que parece es que ha enfadado a todo el mundo. El canon es demasiado indiscriminado y las excepciones demasiado limitadas, olvidando que son válvulas de escape para regular los derechos de autor de manera equitativa; nos da la impresión que por este camino la olla podría estallar y creo que a los que defendemos la cultura no nos interesa. No nos interesa seguramente una limitación excesiva, ni tampoco un liberalismo salvaje, que comporte que los titulares de derechos los acaben protegiendo prioritariamente imponiendo barreras tecnológicas a la reproducción, cosa que perjudicaría a los usuarios, y en primer lugar a los que tengan menos recursos.
Tampoco la oposición, particularmente el grupo popular, ha estado a la altura. No entendemos la conducta errática del Partido Popular en una cuestión de tanta trascendencia. Primero, por un afán de protagonismo y seguramente con el fin de poner en un brete al gobierno, aprueban en el Senado una proposición de ley contra el canon. Luego en el Congreso plantean enmiendas a la ley que van en sentido contrario. En el Senado, ahora, olvidándose de lo que hicieron hace un año, apenas plantean cinco enmiendas, una de las cuales, la 28, viene a matizar, en positivo hay que decirlo, la aplicación indiscriminada del canon, en contradicción manifiesta con lo que hicieron en el Congreso.
Seguramente deberíamos ser bastante autocríticos por el trámite casi sin debate auténtico, de fondo, en la Comisión de Cultura, el no querer mostrar con claridad las posiciones que nos ha parecido detectar, quizás porque no se tenían posiciones claras o para eludir las presiones de los sectores implicados. Nos parece que deberíamos tomar este asunto con mayor seriedad, porque más allá de los tiras y aflojas de intereses legítimos de unos sectores y otros, está el interés general de los ciudadanos, y del progreso tecnológico, científico y cultural.
Es por ello que insistimos y volveremos a insistir en la necesidad que se aborde cuanto antes mejor una reforma en profundidad de la Ley de propiedad intelectual, para adaptarla en su globalidad a los cambios tecnológicos y a su repercusión en la cultura.
---------------------------------------------
Aquest és el guió de la votació dels senadors d'ERC, i dels d'ICV que ens han seguit (excepte en el cas de l'esmena 58 d'Entesa que era d'ICV i contradictòria en certa manera amb una altra d'ERC). Com veureu hem votat l'esmena 28 del PP, que limita una mica el caràcter indiscriminat del canon, i ells, a canvi, han votat la 37 d'Entesa (ERC) que haurà estat l'única esmena d'ERC a aquesta llei aprovada en el tràmit parlamentari al Congrés i el Senat
Esmenes CC 1 i 2, 17 a 26 NO
Esmenes PNB
3 abstenció
4 a 16 SÍ
Esmenes PP
28
27, 29, 30 NO
Esmenes CiU
65 abstenció
66 SÍ
68 NO
Esmenes PSOE
70, 71, 74, 77, 82 SÍ
72, 79, 80, 81 abstenció
78, 83, 84 NO
Esmenes Entesa
31 i 56 SÍ tots
58 abstenció ERC
Totes les altres SÍ
Esmenes IU
61 NO
64 abstenció
Em dic Miquel Bofill i Abelló. Sóc senador per la circumscripció de Girona de l’Entesa Catalana de Progrés (PSC-ERC-ICV-EUiA) i un dels quatre senadors d’Esquerra Republicana de Catalunya que formen part d’aquesta coalició catalanista d’esquerres al Senat.
Més informació >>
10/2008
09/2008
07/2008
06/2008
04/2008
03/2008
02/2008
01/2008
12/2007
11/2007
10/2007
09/2007
08/2007
07/2007
06/2007
05/2007
04/2007
03/2007
02/2007
01/2007
12/2006
11/2006
10/2006
09/2006
08/2006
07/2006
06/2006
05/2006
04/2006
03/2006
02/2006
01/2006
12/2005
11/2005
10/2005
09/2005
08/2005
07/2005
06/2005
05/2005
04/2005
03/2005
02/2005
01/2005
12/2004
11/2004
10/2004
09/2004
08/2004
07/2004
06/2004
05/2004
04/2004
03/2004
02/2004

Programa Electoral
Esquerra Nacional (pdf)
Carod-Rovira
Francesc Ferrer
Òmnium Cultural
Acció Cultural del PV
Obra Cultural Balear
Entitats.info
Ca la dona
Salvem l'Empordà
Grup de Defensa del Ter
Veu pròpia
Plataforma per la llengua
Català a Europa
Organització pel Multilingüisme
L’observatori de la llengua
Institut d'Estudis Catalans
Diccionari català
Diccionari català-valencià-balear
Lletra
Montserrat Abelló
Escriptors en llengua catalana
Pen Club
Softcatalà
El Punt
Diari de Girona
Vilaweb
Contrastant
Biblioteques:
Catalunya
Miguel de Cervantes
Gallica
Italiana
Aquest bloc funciona amb MovableType 2.64